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miércoles, 15 de enero de 2014

SUBIDA IMPORTANTE EN LAS CUOTAS DE DETERMINADOS AUTÓNOMOS EN 2014

En este año 2014 se van a producir las siguientes subidas en las cuotas del R.E.T.A, motivadas bien por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, o bien por el Real Decreto-ley 16/2013 


1.- AUTÓNOMOS NO SOCIETARIOS Y CON MENOS DE 10 TRABAJADORES EN 2013
 
Sube un 2% la base mínima de cotización para los autónomos. Es decir, se pasa de los 858,60 euros de base mínima a los 875,70 euros. Esto significa que la cuota mínima mensual sube de 256,72 a 261,83 euros. También sube un 5% la base máxima de cotización para los autónomos, que se eleva de 3.425,70 a 3.597 euros.
 
 
2.- AUTÓNOMOS SOCIETARIOS O CON MÁS DE 10 TRABAJADORES A SU CARGO EN 2013
 
La base mínima de cotización se eleva hasta los 1.051,50 euros, por lo que la cotización mínima mensual sube desde los 256,72 euros a los 313,34; es decir, un incremento del 22%.
 
Lógicamente, en los casos en que la base ya estuviese incrementada de forma voluntaria por encima de esos importes, esta medida no afectará al importe a pagar.
 

Por último, también en régimen general se cotizará desde este mes de enero por conceptos hasta ahora excluidos, como son el plus de transporte, los cheques comida o determinados gastos de manutención.


Saludos: Emilio Izquierdo

viernes, 27 de diciembre de 2013

SE MANTIENEN LOS PORCENTAJES DE RETENCIÓN INCREMENTADOS EN 2014

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, ha sido publicada en el BOE el 26 de diciembre. Acceso aquí

En ella, se mantienen para 2014 los porcentajes de retención e ingreso a cuenta vigentes en 2013, porcentajes que inicialmente estaba previsto que bajasen a partir de 01/01/2014, pero desgraciadamente nos han sorprendido (o no), con su continuidad en 2014. Recordemos que el aumento se produjo con efectos septiembre de 2012.

Adjunto cuadro resumen de los porcentajes que habrá que seguir aplicando en 2014, salvo nueva modificación normativa.

  
RETENCIONES O INGRESOS A CUENTA
2014
Por arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos (ALQUILERES)

21 %
Rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas

21 %
Rendimientos de actividades profesionales  (ARQUITECTOS, ABOGADOS, ETC)
21 % ó 9%
Rendimientos actividades agrícolas, ganaderas y forestales (excepto engorde de porcino y avicultura)
2%
Rendimientos actividades agrícolas, ganaderas y forestales (engorde de porcino y avicultura)
1%
Rendimientos del CAPITAL MOBILIARIO (intereses)
21 %
Actividades empresariales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva (MODULOS)
1 %
Ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolso de acciones y participaciones de IIC
21 %
PREMIOS en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias
21 %
Rendimientos de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica y cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen
21 %
Rendimientos del trabajo por la condición de ADMINISTRADORES y miembros de los CONSEJOS DE ADMINISTRACION

42 %

Saludos: Emilio Izquierdo